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Calculadora del paro

Calcule la prestación por desempleo: base reguladora, 70 % y luego 60 %, topes con hijos, días de paro, fechas y neto tras la cotización y el IRPF.

El paro contributivo paga el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días y el 60 % desde el día 181. En 2026, sin hijos a cargo, la cuantía va de 560,00 € a 1225,00 € al mes. Dura de 120 a 720 días, según lo cotizado en los últimos 6 años.

Último día trabajado

El paro empieza al día siguiente, o al acabar las vacaciones pagadas y no disfrutadas.

Cómo terminó el trabajo

Base de contingencias profesionales de la nómina, sin horas extraordinarias. Media de los últimos 180 días.

Sin los ya usados para un paro anterior. Las vacaciones pagadas y no disfrutadas cuentan.

Hijos a cargo

Menores de 26 años o con discapacidad, que conviven o dependen de usted.

Jornada en los últimos 180 días

En días naturales. Las paga el finiquito y retrasan el inicio del paro.

Retención del IRPF

Paro bruto al mes, al principio

1225,00 €

  • Neto92 %
  • Cotización e IRPF8 %
Derecho al paro
Le corresponde la prestación contributiva
Cuantía diaria al principio
40,83 €
Cotización a la Seguridad Social
97,00 €
Retención del IRPF
0,00 €
Paro neto al mes, al principio
1128,00 €
Duración
600 días
Primer día de paro
31 de octubre de 2026
Último día de paro
21 de junio de 2028
Total bruto de la prestación
24.150,00 €
Total neto estimado
22.201,66 €
Base reguladora diaria
66,67 €
Tope máximo mensual
1225,00 €
Tope mínimo mensual
560,00 €
Tope en el tramo del 70 %
Tope máximo
Paso al 60 %
29 de abril de 2027
Paro bruto al mes desde el día 181
1200,00 €
Tope en el tramo del 60 %
Ninguno
Base de cotización durante el paro
2000,00 €
Cotización del trabajador, con el MEI
4,85 %
IRPF estimado, primer año
0 %
IRPF estimado, año siguiente
0 %
Plazo para solicitarlo
15 días hábiles desde el último día trabajado o las vacaciones
Complemento de apoyo al empleo
Posible tras 9 meses si vuelve a trabajar

DesdeBruto al mesNeto al mes
31 de octubre de 20261225,00 €1128,00 €
1 de enero de 20271225,00 €1127,60 €
29 de abril de 20271200,00 €1102,60 €
1 de enero de 20281200,00 €1102,40 €

Una estimación orientativa, no asesoramiento financiero ni jurídico. Descargo de responsabilidad

Indique cómo terminó su trabajo, su base de cotización y el tiempo cotizado. Verá la prestación contributiva por desempleo en bruto y en neto, cuántos días dura y entre qué fechas. Cuantías de 2026 comprobadas el 7 de octubre de 2026.

¿Cuánto paro me corresponde?

Le corresponde el 70 % de su base reguladora en los primeros 180 días de prestación y el 60 % desde el día 181. Lo fija el artículo 270 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Esa base es la media diaria de lo cotizado por desempleo en los últimos 180 días. El porcentaje aplicado a la media da la cuantía diaria. Multiplicada por 30, da la cuantía mensual, porque el SEPE paga mensualidades de 30 días. El importe nunca baja del tope mínimo ni supera el tope máximo, que dependen de los hijos a cargo. En 2026, sin hijos, los topes van de 560,00 € a 1225,00 € al mes. Con una base de cotización de 2000,00 € al mes, el 70 % serían 1400,00 €, y el tope lo deja en 1225,00 €. Desde el día 181 se cobran 1200,00 €. La prestación contributiva por desempleo dura de 120 a 720 días.

Un error frecuente es esperar el 50 % desde el día 181. Ese porcentaje dejó de aplicarse el 1 de enero de 2023, cuando la Ley 31/2022 lo elevó al 60 %. Ninguna reforma posterior lo ha cambiado.

El cambio de porcentaje se cuenta en días ya cobrados, no en meses del calendario. Si el paro se suspende un tiempo, el día del cambio se aplaza con él.

Cómo se calcula la base reguladora

Sale de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días antes del paro. Se suman y se dividen entre 180, y el resultado es la base reguladora diaria (SEPE). En la nómina figura como base de contingencias profesionales.

Las horas extraordinarias se restan, aunque coticen. El resto sí cuenta: el sueldo, los complementos y la parte proporcional de las pagas extra.

Con 6 meses de bases iguales, la cuenta se simplifica: la base mensual entre 30. Así, 2000,00 € al mes dan una base diaria de 66,67 €. Si las bases cambiaron, la calculadora admite su media: las 6 sumadas y divididas entre 6.

Ninguna base supera la base máxima de cotización, 5101,20 € al mes en 2026. Una base mayor se limita a esa cifra antes de calcular. Cada base figura en la nómina del mes.

Duración: días cotizados y días de prestación

La duración depende de las cotizaciones de los 6 años anteriores al paro. Con 360 días cotizados se tienen 120 días de prestación. Cada 180 días más añaden 60, hasta un máximo de 720 con 2160 o más (art. 269 LGSS).

Duración según lo cotizado en los últimos 6 años (art. 269 LGSS)
Días cotizadosDías de prestaciónMeses de 30 días
De 360 a 5391204
De 540 a 7191806
De 720 a 8992408
De 900 a 107930010
De 1080 a 125936012
De 1260 a 143942014
De 1440 a 161948016
De 1620 a 179954018
De 1800 a 197960020
De 1980 a 215966022
2160 o más72024

Solo cuentan las cotizaciones que no se usaron para un paro anterior. Las vacaciones pagadas y no disfrutadas y los salarios de tramitación también suman días. El informe de vida laboral recoge cada empresa y los días de alta.

La prestación empieza el día siguiente al último día trabajado y corre en días naturales seguidos. El último día es el de inicio más los días de derecho, menos uno. En el ejemplo de esta página, 600 días van del 31 de octubre de 2026 al 21 de junio de 2028.

Cuantía máxima y mínima: IPREM e hijos a cargo

La cuantía máxima y la cuantía mínima del paro dependen del IPREM, el indicador público de renta de efectos múltiples, y de los hijos a cargo. Se calculan sobre el IPREM mensual incrementado en una sexta parte: 600,00 € pasan a 700,00 € (art. 270 LGSS). El IPREM de 2026 mantiene la cuantía que fijó la Ley 31/2022.

Topes mensuales del paro en 2026, en euros y en porcentaje del IPREM incrementado (SEPE)
Hijos a cargoTope mínimoTope máximo
Ninguno560,00 € (80 %)1225,00 € (175 %)
Uno749,00 € (107 %)1400,00 € (200 %)
Dos o más749,00 € (107 %)1575,00 € (225 %)

Cuentan como hijos a cargo los menores de 26 años, los mayores con discapacidad y los menores acogidos. Deben convivir con la persona en paro o depender de ella, sin rentas propias por encima del salario mínimo.

El tope máximo llega antes de lo que parece. Sin hijos, una base de más de 1750,00 € al mes ya lo alcanza durante los primeros 180 días. Desde el día 181, el límite se nota con bases superiores a 2041,67 €.

Por abajo, el tope mínimo eleva las bases bajas. Sin hijos, 560,00 € equivale al 70 % de una base de 800,00 €: con 600,00 € se cobra ese mínimo en los dos tramos.

¿El paro tributa en el IRPF?

Sí. Las prestaciones por desempleo forman parte de los rendimientos del trabajo, y el SEPE practica la retención del IRPF en cada pago. Además descuenta la cotización a la Seguridad Social de la persona en paro.

Esa cotización es la parte del trabajador: el 4,7 % por contingencias comunes más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). El MEI sube cada año: 0,15 % en 2026, 0,17 % en 2027, 0,18 % en 2028 y 0,2 % en 2029. En 2026 suman un 4,85 % (art. 273 LGSS). La parte de la empresa la paga el SEPE.

Se cotiza sobre la base reguladora, nunca por debajo de la base mínima de cotización. Como mínimo, la calculadora toma 1424,40 € al mes, la cifra de 2026 para los grupos 4 a 7 según fuentes secundarias. La base mínima de cada grupo puede diferir.

La calculadora estima la retención con el algoritmo general de la Agencia Tributaria. Lo aplica al paro previsto en cada año natural, en la situación familiar 3 del modelo 145. Con los topes del paro, la estimación suele salir baja. Con dos hijos, la cuantía más alta cobrada todo 2027 y la base máxima de cotización, queda en un 0 %. Con bases más bajas puede ser algo mayor, porque la cotización que se descuenta es menor.

Que no se retenga no significa que no se tribute. En la declaración de la renta, el paro se suma al sueldo cobrado ese año, y con dos pagadores la cuota puede salir a pagar. Por eso la calculadora admite también el tipo que comunique el SEPE.

En el ejemplo, la prestación neta es de 1128,00 € al mes: 1225,00 € menos 97,00 € de cotización. El sueldo anterior, en neto, lo calcula la calculadora de sueldo neto.

Paro después de una jornada parcial

Tras una jornada parcial, la base ya es menor, porque se cotizó por un sueldo menor. Además, los topes se reducen según la jornada media de los últimos 180 días, el coeficiente de parcialidad (art. 270 LGSS).

Con media jornada y una base de 1000,00 € al mes, el 70 % serían 700,00 €. El tope máximo baja a 612,50 €, y eso se cobra al principio. Desde el día 181, el 60 % da 600,00 €, ya por debajo del tope.

Las reducciones de jornada por guarda legal o por cuidado de familiares cuentan como jornada completa. En ese caso se indica jornada completa y la base que habría correspondido sin la reducción.

Quedan fuera de la calculadora el desempleo parcial, cuando la jornada se reduce sin perder el empleo, y la pérdida de uno de dos empleos a tiempo parcial.

Requisitos y forma de salida de la empresa

Para cobrar el paro hacen falta al menos 360 días de cotización en los últimos 6 años y estar en situación legal de desempleo (arts. 266 y 267 LGSS). También hay que estar de alta o en situación asimilada, inscribirse como demandante de empleo, firmar el acuerdo de actividad y no tener la edad ordinaria de jubilación. Estas salidas dan derecho:

  • Un despido de cualquier tipo, aunque no se recurra, incluidos el despido colectivo y el objetivo.
  • El fin de contrato temporal, salvo que lo termine la propia persona trabajadora.
  • El cese en el período de prueba por decisión de la empresa, si el empleo anterior terminó de forma involuntaria o han pasado tres meses desde entonces.

Una baja voluntaria no da derecho al paro. Las excepciones son las salidas por traslado, modificación sustancial de condiciones, violencia de género o sexual, o incumplimiento grave de la empresa. Las recoge el artículo 267 LGSS, que remite a los artículos 40, 41.3, 49.1.m y 50 del Estatuto de los Trabajadores.

El finiquito no cambia la cuantía, pero puede mover la fecha de inicio. Las vacaciones no disfrutadas que se pagan en él retrasan el paro tantos días como cubren (art. 268 LGSS). Su importe lo calcula la calculadora de vacaciones no disfrutadas. La indemnización por despido no afecta a la prestación.

La solicitud se presenta en los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado o al final de esas vacaciones (SEPE). Si llega tarde, el paro empieza el día de la solicitud y los días intermedios se pierden. La empresa envía al SEPE el certificado de empresa.

Después del paro: subsidio, empleo y pago único

Al agotar la prestación contributiva, el siguiente nivel es el subsidio por desempleo, con requisitos de rentas y cuantías propias. La calculadora no lo incluye.

Un trabajo a tiempo parcial es compatible con el paro si se solicita, y la prestación baja en proporción a las horas (art. 282 LGSS). Un empleo a jornada completa de menos de doce meses suspende el paro, que puede reanudarse después con los días pendientes. Si dura doce meses o más, el derecho se extingue y, en el siguiente paro, se puede elegir entre el antiguo y el nuevo.

Para los derechos nacidos desde el 1 de abril de 2025 con 420 días o más existe el complemento de apoyo al empleo. Tras los primeros 9 meses, si la persona empieza a trabajar, el paro puede convertirse en ese complemento, compatible con el sueldo (SEPE). La calculadora solo indica si el derecho puede dar lugar a él.

El pago único, o capitalización, adelanta el paro pendiente para empezar como autónomo o entrar en una cooperativa o sociedad laboral. Está exento del IRPF con las condiciones del artículo 7 de la Ley del IRPF (Agencia Tributaria).

Ejemplo: despido con una base de 2000 € al mes

Una persona despedida, con último día trabajado el 30 de octubre de 2026, 1800 días cotizados, sin hijos y una base de 2000,00 €, tiene 600 días de paro. Van del 31 de octubre de 2026 al 21 de junio de 2028.

Su base diaria es de 66,67 €. El 70 % daría 1400,00 € al mes, y el tope lo deja en 1225,00 €, 40,83 € al día. El 29 de abril de 2027 empieza el 60 %: 1200,00 €, por debajo del tope.

El resultado muestra 4 filas, porque el importe cambia en dos tipos de fecha. El día 181 baja el porcentaje. Cada 1 de enero sube la parte del MEI: la cotización pasa del 4,85 % al 4,87 %, de 97,00 € a 97,40 € al mes. El tipo del IRPF también se recalcula con el paro previsto para el año nuevo.

Fases del ejemplo: bruto y neto mensual (retención estimada del 0 %)
DesdeHastaBruto al mesNeto al mes
31 de octubre de 202631 de diciembre de 20261225,00 €1128,00 €
1 de enero de 202728 de abril de 20271225,00 €1127,60 €
29 de abril de 202731 de diciembre de 20271200,00 €1102,60 €
1 de enero de 202821 de junio de 20281200,00 €1102,40 €

En total suman 24.150,00 € brutos y unos 22.201,66 € netos. Los casos comprobados repiten el cálculo con el tope mínimo, el máximo y un hijo a cargo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paro me corresponde por 2 años trabajados?

Unos 240 días, 8 mensualidades. Dos años completos suman unos 730 días de cotización, que dan 240 días de paro (art. 269 LGSS). La cuantía no depende de los años, sino de la base de cotización de los últimos 180 días.

¿Cuánto se cobra de paro con una nómina de 2000 €?

Sin hijos, 1225,00 € brutos al mes durante toda la prestación. Con 2000 € brutos en 14 pagas, la base de cotización incluye las extras prorrateadas: 2333,33 €. El 70 % serían 1633,33 €, y el tope máximo deja los dos tramos en 1225,00 €. En neto quedan unos 1111,83 €.

¿Cómo calcular el paro que me queda?

Restando a los días de derecho los ya cobrados. Sin interrupciones, el último día es la fecha final que muestra el resultado. Una suspensión, como un empleo corto, no consume días, salvo las sanciones. El paso al 60 % llega al cobrar el día 181.

¿Cuántos días cotizados necesito para cobrar el paro?

Al menos 360 días en los 6 años anteriores, que dan 120 días de paro. Con menos, la calculadora indica cuántos faltan: con 300 días, faltan 60 días.

¿Cuál es el paro máximo sin hijos?

1225,00 € brutos al mes en 2026, el 175 % del IPREM incrementado. Con un hijo a cargo sube a 1400,00 € y con dos o más, a 1575,00 € (SEPE).

¿El paro cotiza para la jubilación?

Sí. Mientras se cobra la prestación contributiva, el SEPE cotiza a la Seguridad Social, y ese tiempo cuenta para la jubilación. La edad ordinaria de jubilación de cada persona la muestra la calculadora de la edad de jubilación.

¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?

No, salvo las salidas justificadas del Estatuto de los Trabajadores. Si después se trabaja en otra empresa y esta termina el contrato, sí puede nacer el derecho. En un período de prueba, solo cuando han pasado tres meses desde la baja.

¿Qué día se cobra el paro?

Entre los días 10 y 15 del mes siguiente, en mensualidades de 30 días (SEPE). La primera paga cubre los días desde el inicio, que en el ejemplo es el 31 de octubre de 2026.

Comprobado con resultados conocidos

Cada caso tiene un resultado fijado por su fuente. La calculadora lo recalcula en cada publicación y una página que deje de coincidir no se publica.

Fuentes

Las cifras y reglas de esta página se comprobaron con estas publicaciones el .

  1. Cuantías anuales(se abre en una pestaña nueva)

    Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

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